Comunicado de FAKALI ante la resolución judicial del Tribunal Supremo ante los bulos antigitanos de Alvise Pérez
La Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas, FAKALI, tras tener conocimiento del Auto emitido por el Tribunal Supremo que archiva la causa abierta contra el eurodiputado Alvise Pérez por la comisión de un posible delito de odio motivado por el antigitanismo, desea realizar las siguientes consideraciones:
1. El 18 de octubre de 2023, FAKALI trasladó a la Fiscalía General del Estado un escrito de denuncia, con archivos adjuntos que mostraban las manifestaciones publicadas por Alvise Pérez en una red social sobre el trágico fallecimiento del joven cordobés Álvaro Prieto en la estación de Santa Justa de Sevilla, el 12 de octubre de 2023. En dicho mensaje, el eurodiputado afirmaba que el joven había llegado hasta la estación huyendo de un grupo de gitanos, a los que responsabilizaba de su muerte. FAKALI aportó a su escrito un informe en el que se recogían varios centenares de mensajes racistas y antigitanos emitidos por otras personas a raíz del bulo difundido por el señor Pérez durante los días en los que se buscaba el cuerpo del joven Álvaro Prieto. El 16 de enero de 2024, la Fiscalía Provincial de Sevilla comunicó a esta federación que se había presentado la correspondiente denuncia en el Juzgado Decano de Sevilla. Posteriormente, y debido a la condición de aforado del denunciado, el Tribunal Supremo se hizo cargo de la investigación de los hechos.
2. El pasado viernes 12 de diciembre de 2025 se dio a conocer públicamente el Auto de archivo antes referenciado. En dicha resolución se reconoce la existencia del bulo difundido por Alvise Pérez, y se admite que este generó un tratamiento vejatorio hacia el Pueblo Gitano, que durante días fue objeto de una estigmatización masiva en redes sociales. No obstante, el Supremo concluye que no concurre delito de odio, al entender que las manifestaciones del denunciado obedecían únicamente a “prejuicios personales”.
3. Es decir, que el Tribunal Supremo reconoce que el denunciado difunde un mensaje basado en sus propios prejuicios contra el Pueblo Gitano y que generó comentarios agresivos contra la comunidad gitana, pero que al mismo tiempo los hechos no son constitutivos de un delito de odio, a pesar de haber difundido públicamente que “varios gitanos perseguían a Álvaro”, tal y como recogían algunos de sus mensajes. Esto, a nuestro juicio, además de ser una evidente contradicción, no es otra cosa que la consolidación de un caldo de cultivo perfecto para que el linchamiento colectivo padecido por el Pueblo Gitano durante esos días en redes sociales e Internet, se repita.
4. Desde FAKALI respetamos la resolución judicial, pero no podemos compartirla. La valoración realizada nos genera un profundo sentimiento de indefensión, al considerar que los hechos analizados resultan profundamente graves. Los mensajes difundidos actuaron como detonante de una amplificación masiva del odio: cientos de cuentas en redes sociales, así como youtubers y creadores de contenido, reprodujeron y multiplicaron la falsa acusación dando lugar a una oleada de mensajes racistas, antigitanos y abiertamente deshumanizantes, tal y como le mostramos a la Fiscalía en su momento.
5. Resoluciones judiciales de esta naturaleza aumentan el riesgo de afianzar actitudes racistas y discriminatorias por parte de la sociedad mayoritaria. Se consolida la idea que se puede señalar a todo un pueblo sin consecuencia alguna. El Eurobarómetro señala año tras año que el antigitanismo continúa siendo la forma de racismo más extendida socialmente. La normalización de estos comportamientos transmite el mensaje de que es posible propagar odio contra cualquier grupo social e históricamente discriminado, como en el caso del Pueblo Gitano, con total y absoluta impunidad. Si se prioriza una interpretación subjetiva de la intencionalidad frente al impacto social efectivo de los actos, estamos asumiendo que es posible verter odio, encender la llama y salir indemne si se evitan algunas expresiones explícitamente discriminatorias.
6. Asimismo, este tipo de decisiones judiciales incide negativamente en la infradenuncia, uno de los principales obstáculos para combatir el antigitanismo como forma de discriminación. Mientras desde las instituciones se anima al Pueblo Gitano a denunciar los discursos y delitos de odio, resoluciones como esta evidencian que el abordaje judicial del antigitanismo sigue estando, en general y salvo excepciones, muy alejada de la realidad social. Por ello, reiteramos la necesidad urgente de formación específica en esta materia para los distintos operadores jurídicos.
7. Resulta prioritario avanzar hacia la consolidación de una jurisprudencia que se centre en defender la dignidad y los derechos de los grupos sociales históricamente discriminados en nuestro país. En este caso concreto, entendemos que es urgente que la sociedad comprenda que el antigitanismo no puede quedar impune en un Estado democrático. No existe justificación alguna para la difusión de bulos que alimentan el odio y dañan a todo un Pueblo en un contexto social ya de por sí alimentado por discursos claramente racistas, que encuentran en medios de comunicación, redes sociales y ahora por desgracia en las instituciones públicas, altavoces amplios y masivos para calar con mayor facilidad en nuestra sociedad. Este Auto del Supremo, de la mano, por ejemplo, de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León en 2024 —en la que se aceptó la referencia a la cultura gitana como atenuante muy cualificada en un caso de violencia sexual—, nos devuelve a una preocupante sensación de estancamiento institucional.
8. No obstante, también existen avances en otros frentes judiciales que abren una vía esperanzadora. En este mismo año 2025, la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a las personas responsables de difundir el bulo que señalaba al Pueblo Gitano como propagador del COVID-19. Aun siendo conscientes de que en derecho no existen dos casos idénticos, resulta legítimo preguntarse por qué en el caso de ciudadanos particulares sí se aprecia reproche penal por difundir un bulo antigitano, y, sin embargo, no ocurre lo mismo cuando quien lo hace es una persona aforada.
9. Como parte activa de la ciudadanía democrática, FAKALI respeta y confía en la Justicia. No obstante, como pilar fundamental de la democracia, la misma no puede verse erosionada por decisiones que debilitan la confianza de determinados sectores sociales en su capacidad para garantizar la igualdad real ante la ley.
10. FAKALI continuará denunciando todos los casos de antigitanismo que lleguen a nuestro conocimiento. Seguiremos defendiendo los derechos del Pueblo Gitano, porque no conviene olvidarlo: son, sin excepción, derechos humanos.







