Comunicado FAKALI: sentencia Audiencia Provincial de León
Habiendo tenido acceso en su totalidad a la reciente sentencia de la Audiencia Provincial de León en la que se rebaja de manera considerable la pena impuesta a un agresor sexual de una menor por la aceptación por parte de los magistrados apelando de una supuesta costumbre gitana («en la cultura gitana las uniones de pareja se producen a edades muy tempranas», tal y como recoge dicha resolución judicial), la Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas FAKALI, tras analizarla con detenimiento, quiere manifestar lo siguiente:
1.- En España, la edad de consentimiento sexual se sitúa en los 16 años desde la reforma del Código Penal del año 2015. Esto significa que cualquier conducta de contenido sexual con un/a menor de 16 años es agresión sexual, ya que se establece la presunción de falta de capacidad y criterio de este/a menor para consentir dicha relación sexual. Nos resulta desde todo punto incomprensible que el tribunal haya aplicado una atenuante muy cualificada en el caso de una menor de 12 años agredida por un adulto amparándose en unas supuestas prácticas culturales.
2.- Consideramos una auténtica aberración que un estereotipo antigitano marque el fallo de una sentencia que debe condenar una agresión física, psíquica y sexual continuada sufrida por una menor de 12 años («en nuestro caso, si bien existe una importante diferencia de edad entre víctima y procesado, no hemos de olvidar que en la cultura gitana las uniones de pareja se producen a edades muy tempranas (…) y pese a que no se considera que los hechos enjuiciados han de ser excluidos de responsabilidad penal por su gravedad, no es menos cierto que existe una menor antijuricidad del hecho que justifica la apreciación de la circunstancia atenuante como cualificada»). No alcanzamos a entender que los magistrados otorguen legitimidad a una idea falsa sobre la cultura gitana trasladada por una menor sometida a una situación continuada desde su infancia de extrema violencia y estrés traumático. Asistimos indignadas a una revictimización de la víctima por parte de un sistema judicial que, lejos de reparar el daño, lo acrecienta en un flagrante caso de antigitanismo institucional.
3.- Nos preocupa que esta sentencia lance un mensaje a la sociedad mayoritaria de que los derechos de los y las menores puedan quedar limitados por su adscripción étnica, no considerando en este caso a las menores gitanas ciudadanas de pleno derecho. Y, asimismo, que los maltratadores lleguen a interpretar que su conducta delictiva pueda quedar suavizada por una terrorífica interpretación legal.
4.- Nos resulta especialmente alarmante que resoluciones como ésta sirvan de precedente y referencia para el enjuiciamiento de futuros casos en los que la víctima sea una menor gitana. La jurisprudencia no puede quedar marcada por falsas creencias, estereotipos, ignorancia y estrechez mental de tres magistrados encargados de impartir Justicia. Factores extralegales que influyen de manera decisiva en las penas de delitos tan graves llegan a erosionar la confianza de la sociedad en el propio sistema judicial.
5.- Expresamos nuestra inquietud porque, una vez más, el peso de la responsabilidad de las cuestiones relativas al antigitanismo de género parece recaer íntegramente en el feminismo gitano. Aunque como mujeres, como gitanas y como feministas alzamos cada día nuestra voz contra las desigualdades, nos seguimos encontrando con planteamientos, ideas y actitudes que para nosotras no suponen techos de cristal, sino muros de hormigón levantados por quienes se autodenominan ‘iguales’. Un muro que nos aísla y nos abandona, distanciándonos con el ‘agravante’ de la cultura, en una lucha que debería ser compartida. Nos sorprende y nos apena el silencio por omisión de movimientos que deberían acompañarnos. ¿Dónde queda el grito del 8M «si nos tocan a una nos tocan a todas»?